Micelio

Artículo 6

Decreto 3411 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2838 de 2006, modificado parcialmente por el Decreto 2964 de 2008, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Información y educación. Corresponde a los Gobernadores, Alcaldes, Secretarías departamentales, distritales y municipales de salud lo siguiente

a)

Difundir, en el ámbito de su jurisdicción, las medidas sanitarias que contribuyan a proteger la salud de las personas que consuman leche cruda o leche cruda enfriada para consumo humano directo;

b)

Realizar actividades de movilización y concertación para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto;

c)

Adelantar campañas de promoción que promuevan hábitos alimentarios saludables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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