º . Las exportaciones de banano fresco que se clasifican bajo las subpartidas arancelarias 08.03.00.12.00 (tipo cavendish valery), 08.03.00.19.10 (banano bocadillo musa acuminata) y 08.03.00.19.90 (los demás), cuyo destino sea uno de los Estados miembros de la Unión Europea, y hasta concurrencia de un cupo total de ciento setenta mil quinientas siete toneladas métricas con doscientos once kilos (170.507.211 TM), para el período comprendido entre el primero (1º) de abril y el treinta (30) de junio del año dos mil (2000), se sujetarán a lo dispuesto en los siguientes artículos.
Decreto 560 de 2000 →Vigente
Artículo 1
Decreto 560 de 2000 · Por el cual se regulan las exportaciones de banano a la Unión Europea durante el segundo trimestre del año 2000 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.