Folio de vida . Documento que sirve para llevar el registro detallado de las actuaciones y desempeño del oficial, suboficial o civil, durante el lapso de evaluación. Para su elaboración se tendrá en cuenta
Será llevado personalmente y en un solo ejemplar por la autoridad evaluadora.
Se empleará la forma FV, correspondiente al Anexo número dos (2).
Se iniciará al comenzar un nuevo período de evaluación o a partir de la novedad fiscal de la destinación o traslado.
A continuación de la apertura se anotará el plan de acción acordado de que trata el artículo 65, literal b) numeral segundo (2º).
En forma cronológica, oportuna y concisa se registrarán las observaciones personales del superior respecto del subordinado, con base en hechos concretos y no en apreciaciones abstractas.
Se anotarán los actos del servicio dignos de mención, los estímulos, correctivos y en general, todo aspecto que sirva para la evaluación del personal; estas anotaciones son en síntesis, el reflejo de las buenas y malas actuaciones de una persona.
Cada ocasión en que se produzca una anotación en el folio de vida, será dada a conocer al subalterno de lo cual dejará constancia escrita en el mismo documento, mediante la firma del enterado. Cuando el interesado considere que un concepto debe ser variado, lo expresará por escrito al respectivo Comandante, debiendo dejar constancia de tal hecho en el folio de vida; el Comandante por su parte deberá dar respuesta al interesado.
Se mantendrán legajados en carpetas destinadas para tal efecto, bajo la responsabilidad del evaluador.
Los folios de vida son documentos que forman parte de la evaluación y, por tanto serán remitidos junto con ésta, para conocimiento de la autoridad revisora y la junta clasificadora.
Sobre cualquier falla ética o trastorno de la personalidad o del carácter del evaluado que afecte notoriamente el servicio, deben anotarse los hechos concretos y demostrados en forma clara, completa y explicativa.