Micelio

Artículo 172

Los Funcionarios O Empleados Públicos Al Servicio De Las Fuerzas Armadas Que Formen Parte De Directorios Políticos O Intervengan En Debates De Ese Carácter, Incurrirán En Las Sanciones De Que Trata El Inciso Segundo Del Artículo Anterior

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios o empleados públicos al servicio de las Fuerzas Armadas que formen parte de directorios políticos o intervengan en debates de ese carácter, incurrirán en las sanciones de que trata el inciso segundo del Artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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