El Gobierno Podrá Asignar Cuando Lo Estime Necesario Y Previo Cumplimiento De Las Formalidades Legales Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupen Los Argos De Un (1) Director General, Ii-28 De La Dirección General De Crédito Público Un (1) Abogado Especializado, Iv-27 De La Dirección General De Crédito Público, Un (1) Contador, Vi-26 De La Dirección General De Crédito Público, Un (1) Jefe De División, V-28 De La División De Deuda Pública Externa Y Un (1) Jefe De División, V-28 De La División De Deuda Pública Interna
Decreto 2096 de 1972 · Por el cual se determina la planta de personal de la dirección general de crédito del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El Gobierno podrá asignar cuando lo estime necesario y previo cumplimiento de las formalidades legales del caso, Prima Técnica a las personas que ocupen los argos de un (1) Director General, II-28 de la Dirección General de Crédito Público un (1) abogado Especializado, IV-27 de la Dirección General de Crédito Público, un (1) Contador, VI-26 de la Dirección General de Crédito público, un (1) Jefe de División, V-28 de la División de Deuda Pública Externa y un (1) Jefe de División, V-28 de la División de Deuda Pública Interna.
Parágrafo
Los funcionarios que fueren incorporados en los cargos a que se refiere el presente artículo, y que en la actualidad estuvieren percibiendo Prima Técnica, continuarán devengándola en la cuantía que les fue asignada conforme a disposiciones legales vigentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.