Micelio

Artículo 14

Decreto 2322 de 1965 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre régimen de cambios internacionales y comercio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mientras dure la vigencia de este Decreto las disposiciones sobre intercambio directo de productos y apertura de nuevos mercados de exportación, contenidas en el artículo 49 de la Ley 1º de 1959 y disposiciones que lo modifican o adicionan, serán aplicables únicamente cuando se trate de exploraciones de café o en el caso de Tratados o Convenios vigentes que contemplen dichos sistemas de comercio exterior para otros productos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2322 de 1965