° Las sumas que corresponden a cada sección del país, conforme a la distribución que haga el Gobierno, serán giradas por la Nación a los respectivos Tesoreros Departamentales, Intendencias y Comisarías y Distrito Especial de Bogotá, para que sean aplicadas exclusivamente a los fines previstos en este Decreto.
Decreto 802 de 1966 →Vigente
Artículo 3
Las Sumas Que Corresponden A Cada Sección Del País, Conforme A La Distribución Que Haga El Gobierno, Serán Giradas Por La Nación A Los Respectivos Tesoreros Departamentales, Intendencias Y Comisarías Y Distrito Especial De Bogotá, Para Que Sean Aplicadas Exclusivamente A Los Fines Previstos En Este Decreto
Decreto 802 de 1966 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre el pago del personal del Magisterio de Enseñanza Primaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.