Funciones de la División de Desarrollo Comercial. Corresponde a la División de Desarrollo Comercial
Estudiar y promover el desarrollo del comercio interno, preparar los planes indicativos del sector y evaluar periódicamente sus resultados con el fin de hacer los ajustes necesarios;
Analizar los diferentes factores y problemas estructurales que inciden en la distribución y consumo de bienes, servicios, en coordinación con las Superintendencias adscritas al Ministerio y con las demás entidades que adelanten estudios en este campo;
Analizar, en coordinación con las entidades oficiales correspondientes y con la Oficina Jurídica del Ministerio, las normas legales relativas al comercio y proponer las modificaciones que se consideren convenientes.
Coordinar con la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio y las Cámaras de Comercio afiliadas a la misma, las labores de comercialización interna y prestarles servicios de orientación sobre las políticas, planes y programas del Ministerio y de sus organismos descentralizados, adscritos o vinculados, en relación con la misma materia; y
Desarrollar las demás actividades que le sean asignadas por el Ministro, Viceministro y Secretario General.
En los asuntos de su competencia, son aplicables a la División de Desarrollo Comercial las normas contenidas en los artículos 10, 11 y 12 de este Decreto.