Micelio

Artículo 1

Ley 64 de 1916 · por la cual se aprueba una Convención

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único Apruébase la Convención entre Colombia y los Estados Unidos de Venezuela, suscrita en Bogotá el 3 de noviembre del corriente año, y que a la letra dice:

"Convención entre Colombia y los Estados Unidos de Venezuela .

"Los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de Venezuela, con el fin de remover cualquier obstáculo a la íntegra y pronta demarcación de la frontera común de las dos Naciones, fijada por el Laudo de la corona de España el 16 de , marzo de 1891; deseando resolver sin demora cualquiera diferencia que entre ellos haya ocurrido respecto de los medios que puedan emplearse para alcanzar aquel fin; y deseando también procurar que se afiancen y reglamenten las relaciones de comercio y navegación entre las dos Repúblicas,

"Han acordado celebrar la presente Convención, para lo cual han nombrado Plenipotenciarios, a saber:

"Y su Excelencia el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, al señor doctor Demetrio Lossada Días, Enviad. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de misma República ante el Gobierno de Colombia;

"Quienes, habiéndose comunicado y hallado en debida forma sus correspondientes plenos poderes, han pactado lo que se expresa en los artículos siguientes:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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