Micelio

Artículo 24

Establécese En La Capital De La República Una Oficina De Expendio De Especies De Timbre Nacional, Dependiente De La Administración De Hacienda Del Distrito Capital, Con El Siguiente Personal Y Con Las Asignaciones Que Á Continuación Se Expresan: Parágrafo

Decreto 623 de 1909 · Reorgánico de las Administraciones de Hacienda Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Establécese en la capital de la República una Oficina de expendio de especies de timbre nacional, dependiente de la Administración de Hacienda del Distrito Capital, con el siguiente personal y con las asignaciones que á continuación se expresan:

Parágrafo

El Jefe de esta Oficina prestará ante el Administrador de Hacienda Nacional del Distrito Capital una fianza de acuerdo con el modelo de que habla el artículo 5° de este Decreto, para asegurar su manejo, y rendirá cuenta mensual el mismo empleado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 623 de 1909