Micelio

Artículo 3

Decreto 67 de 1888 · Por el cual se dictan ciertas disposiciones sobre consultas, licencias, suspensiones, excusas, renuncias, remociones, promociones, sustituciones y nombramientos, aceptación y posesión de empleos del Departamento de Hacienda y algunas reglas generales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° En ninguna Oficina pública del ramo de Hacienda se admitirán solicitudes, denuncias, consultas ni reclamaciones verbales de ninguna especie. Todo deberá hacerse por escrito y en el papel correspondiente. Cuando las denuncias fueren relativos á mal manejo de empleados, se admitirán en papel común y así se les dará curso inmediatamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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