Micelio

Artículo 3

Decreto 211 de 1969 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2420 de 1968.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Manejo del Fondo. El Ministro de Agricultura, a nombre del Gobierno Nacional, celebrará un contrato con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, para que tal entidad maneje, en calidad de fideicomisaria, los recursos que integran el Fondo de Fomento Agropecuario, exceptuados los recursos a que se refiere el literal b) del artículo segundo de este decreto.

Parágrafo

En el contrato a que se refiere este artículo se consignará la obligación a cargo de la Caja de Crédito Agrario, de llevar una contabilidad separada para el manejo de los fondos recibidos en fideicomiso en desarrollo del mismo contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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