Micelio

Artículo 3

Ley 1081 de 2006 · por medio de la cual se otorgan beneficios a las familias de los héroes de la Nación y a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Considérese como beneficiarios de los Héroes de la Nación al cónyuge o compañera permanente e hijos o a falta de estos a los padres o a falta de estos los hermanos, si fueren solteros, de los héroes de la Nación, de conformidad con la definición prevista en el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1081 de 2006