Micelio

Artículo 26

Los Funcionarios Con Jurisdicción Y Los Agentes Del Ministerio Público Que Actúen Ante Ellos, Tiene Derecho A Los Honores, Distinciones Y Preeminencias Propias De Su Jerarquía

Decreto 546 de 1971 · Por el cual se establece el régimen de seguridad y protección social de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de sus familiares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios con jurisdicción y los Agentes del Ministerio Público que actúen ante ellos, tiene derecho a los honores, distinciones y preeminencias propias de su jerarquía. Para estos efectos los Consejeros de Estado y Magistrados de la Corte Suprema sus ex Presidentes, el Procurador General de la Nación, los ex Procuradores Generales de la misma, y los Fiscales del Consejo de Estado, se equiparan a Ministros de Estado; los Magistrados y Fiscales de Tribunal y los Procuradores Delegados, a Gobernadores de Departamento, y los Jueces y Fiscales de esos Despachos, a Alcaldes Mayores de capital de Departamento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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