Artículo cuarto . De conformidad con el Decreto Nacional 2252 de 1966, la Tesorería del Departamento descontará a cada empleado como cuota de afiliación de la Caja de Previsión Social Departamental la tercera parte del primer sueldo y de todo aumento del mismo sin perjuicio del aporte mensual del cinco por ciento (5%).
Decreto 3747 de 1981 →Vigente
Artículo 4
Decreto 3747 de 1981 · por medio del cual se determinan los cargos, asignaciones civiles y gastos de representación del personal de empleados al servicio del Departamento del Caquetá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.