Diploma . El diploma que acredita el otorgamiento de la medalla Militar "Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales", lleva las firmas del Presidente, Vicepresidente y Secretario del Consejo de la Medalla, debe ser elaborado en papel cartulina o pergamino blanco, de treinta y cinco (35) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, con el escudo del Comando General en colores en la parte superior izquierda y el del Comando Conjunto de Operaciones especiales en la parte superior derecha, y con la siguiente leyenda: Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales Certifica: Que el señor ________________________________________________________ De acuerdo al Acta No. ________ Suscrita por el personal que lo integra, le otorga la medalla: “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales” En reconocimiento y testimonio a los excelentes servicios prestados al Comando Conjunto de Operaciones Especiales y participación en el planteamiento, orientación, dirección, desarrollo y ejecución de operaciones especiales.
Decreto 4444 de 2010 →Vigente
Artículo 52
Decreto 4444 de 2010 · por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.