Micelio

Artículo 23

Respecto Al Traslado A Otro Puesto Como Medida Disciplinaria, Hay Que Determinar En Cada Caso Si Debe Efectuarse A Otro Puesto De La Misma Categoría Y Del Mismo Sueldo O De Menor Categoría Y Sueldo; En Ninguno De Estos Casos El Empleado Perderá Las Demás Prerrogativas Establecidas Por La Ley 165 De 1938 Y El Presente Decreto

Decreto 2091 de 1939 · Por el cual se reglamenta la carrera administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Respecto al traslado a otro puesto como medida disciplinaria, hay que determinar en cada caso si debe efectuarse a otro puesto de la misma categoría y del mismo sueldo o de menor categoría y sueldo; en ninguno de estos casos el empleado perderá las demás prerrogativas establecidas por la Ley 165 de 1938 y el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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