Casos en que la información no podrá ser calificada como confidencial. En ningún caso será calificada como confidencial la información presentada para obtener concepto toxicológico, licencia ambiental y registro de venta referente a:
La denominación y contenido de la sustancia o sustancias activas y la denominación del plaguicida.
La denominación de otras sustancias que se consideren peligrosas.
Los datos físicos y químicos relativos a la sustancia activa, al producto formulado y a los aditivos de importancia toxicológica.
Los métodos utilizados para inactivar el ingrediente activo grado técnico o el producto formulado.
El resumen de los resultados de los ensayos para determinar la eficacia del producto y su toxicidad para el hombre, los animales, los vegetales y el ambiente.
Los métodos y precauciones recomendados para reducir los riesgos de manipulación, almacenamiento, transporte e incendio.
Los métodos de eliminación del producto y de sus envases.
Las medidas de descontaminación que deben adoptarse en caso de derrame o fuga accidental.
Los primeros auxilios y el tratamiento médico que deben dispensarse en caso de que se produzcan daños corporales.
Los datos y la información que figuran en la etiqueta y en la hoja de instrucciones.
(Decreto número 459 de 2000, artículo 3°)