Hácense en la vigencia del presente año los siguientes traslados: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 18 Servicio diplomático. Del artículo 233 al artículo 240 $ 126,192 Del artículo 237 al artículo 240 6,647 88 Total de lo trasladado al artículo 240 $ 132,839 88 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 19 Servicio consular. Del artículo 244 al artículo 243 $ 40,960 Del artículo 244 al artículo 246 20,260 Total $ 61,220 Derógase el Decreto 637 de 1929. Comuníquese y publíquese.
Decreto 959 de 1929 →Vigente
Artículo 233
Al Artículo 240 $ 126,192 Del Artículo 237 Al Artículo 240 6,647 88 Total De Lo Trasladado Al Artículo 240 $ 132,839 88 Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 19 Servicio Consular
Decreto 959 de 1929 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la actual vigencia y se declara derogado el Decreto 637 de 1929.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.