Como participación de la República en la celebración de aquella fecha, destinase la suma de diez mil pesos ($10.000) del Tesoro Nacional, que se apropiaran en la Ley sobre créditos adicionales de la actual vigencia, para que se inviertan en mejoras de utilidad urbana, reconocida y publica.
Esta suma será entregada a la Sociedad de Mejoras Publicas de aquella ciudad; en la obra que ejecute pondrá una plancha sobre esta participación y donativo de la Nación, y rendirá cuenta ante la Auditoria Seccional de la Contraloría.