Micelio

Artículo 3

Ley 10 de 1988 · Por la cual se honra la memoria del doctor Augusto Espinosa Valderrama y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Senado de la República colocará en la Comisión Primera de la Corporación un Oleo del Congresista desaparecido y una placa en el Edificio del Congreso con el siguiente texto "El Congreso de Colombia enaltece el nombre del Senador Augusto Espinosa Valderrama aguerrido combatiente de la democracia y legislador inteligente y laborioso".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 10 de 1988