Micelio

Artículo 11

Decreto 285 de 1986 · por el cual se reglamenta el diseño, construcción y pruebas de las instalaciones de las plantas de abastecimiento y estaciones de servicio, y el envase, manejo, transporte y distribución de hidrocarburos y combustibles líquidos derivados del petróleo en dichas instalaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de iniciar la construcción de una planta de abastecimiento de combustibles líquidos derivados del petróleo, el interesado deberá presentar al Ministerio de Minas y Energía, para su aprobación, la solicitud respectiva acompañada de la licencia de construcción expedida por la autoridad distrital o municipal correspondiente y los siguientes planos, firmados por un ingeniero graduado y matriculado y aprobados por la autoridad distrital o municipal competente en materia de urbanismo

a)

Planos de ubicación del lote, con indicación de: 1) Cruces de calles; 2) Línea de alcantarillado; 3) Punto de desagüe general de la planta; 4) Localización de los establecimientos indicados en el artículo 55; 5) Cables de alta tensión aéreos o enterrados en el área del lote; 6) Ríos o aguas públicas; y 7) Conexiones o poliductos o refinerías de donde se abastecerá la planta. Cuando alguno de los numerales anteriores no exista o la escala del plano no lo permita dibujar, deberá hacerse la correspondiente anotación al margen;

b)

Plano general de la planta a escala, con ubicación de las edificaciones de la misma tanques, llenaderos, tuberías, casa de bombas, bodegas, talleres y red de instalación;

c)

Planos de planta y corte, a escala adecuada, de los llenaderos;

d)

Planos de los tanques de almacenamiento, a escala con el señalamiento de las siguientes características: Espesores de las láminas de tanque, diámetro, tipo de acero, diámetro de los orificios, volumen del tanque, normas bajo las cuales será construido; especificaciones de las válvulas y accesorios;

e)

Plano de la red de tuberías para combustibles dentro del lote, con indicación de: Tamaño de las tuberías, material (acero), presión máxima de trabajo; espesor;

f)

Planos del sistema contra incendio;

g)

Planos de los sistemas separadores de agua-producto y conexiones a alcantarillados o drenajes propios;

h)

Planos del sistema eléctrico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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