Micelio

Artículo 16

Ley 32 de 1903 · Sobre creación de Aduanas y en ejecución y desarrollo de los artículos 32, inciso 6o, y 37 del Código fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 16. En el caso de que llegue á erigirse un nuevo Departamento en el Sur de la República, corresponderán á su primer Magistrado ó Gobernador las funciones que atribuyen al del Cauca los artículos 11 y 12 de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1903