Art. 19. Los alumnos que, habiendo hecho estudios de Literatura i Filosofía en colejios públicos o privados, se hayan matriculado o se matriculen en las escuelas superiores, sin opcion a grado , con arreglo a los artículos 144 i 202 del Decreto orgánico, i al 2.° del de 3 de febrero último, "por el cual se hace ostensivo el derecho a obtener ciertas matrículas en la Universidad nacional," podrán sufrir el exámen previo de que trata el artículo anterior, para que esa condicion quede insubsistente.
Decreto 18730710 de 1873 →Vigente
Artículo 19
Decreto 18730710 de 1873 · Por el cual se reforman algunas disposiciones del (de 3 de agosto de 1872) "orgánico de la Universidad nacional.".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.