Micelio

Artículo 2

Comité De Evaluación

Decreto 1320 de 1997 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 65 y 100 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Comité de evaluación. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 65 de 1993 y en concordancia con las Leyes 60 y 100 del mismo año; créase el Comité Interinstitucional de Evaluación, integrado de la siguiente forma

a)

Un representante del Ministerio de Salud, quien lo presidirá;

b)

Un representante del Ministerio de Justicia y del Derecho;

c)

Un representante de los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad;

d)

Un representante del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses;

e)

Un representante del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec;

f)

Un Representante de la Defensoría del Pueblo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1320 de 1997