Hácense Las Siguientes Modificaciones En El Personal Del Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Supresiones: Se Suprime Una Plaza De Auxiliar Tercero De La Administración De Correos En Pereira, Que Venía Siendo Desempeñada Por Graciela Bejarano Viuda De Lara, Con Asignación Mensual De $ 50
Decreto 1449 de 1942 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal de los ramos de Correos y Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Hácense las siguientes modificaciones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Supresiones: Se suprime una plaza de Auxiliar Tercero de la Administración de Correos en Pereira, que venía siendo desempeñada por Graciela Bejarano viuda de Lara, con asignación mensual de $ 50.00 Creaciones: Se crean dos plazas de Calderos para la Administración de Correos en Pereira, con asignación mensual de $ 25.00 cada uno 50.00 y se nombra para desempeñarlas, a Carlos López Gómez y Arcesio Duque.
Parágrafo
El gasto que demande el presente artículo continuará imputándose al capítulo 74, articulo 1140 del Presupuesto de la actual vigencia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.