Mientras la Asamblea del Departamento del Quindío provee lo necesario, el Gobernador del Departamento queda facultado para celebrar los contratos sobre la distribución de licores nacionales y extranjeros. Igualmente queda facultado para determinar y sufragar el valor de los gastos que el cumplimiento de los mismos contratos demande, y en general para organizar el servicio de administración de rentas, previo concepto del Gobierno Nacional.
Decreto 1620 de 1966 →Vigente
Artículo 56
Mientras La Asamblea Del Departamento Del Quindío Provee Lo Necesario, El Gobernador Del Departamento Queda Facultado Para Celebrar Los Contratos Sobre La Distribución De Licores Nacionales Y Extranjeros
Decreto 1620 de 1966 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Quindío
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.