º . Adiciónese un
al artículo 2.10.1.7.1.3. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: "
º. Para la cobertura a que hace referencia el
del artículo 2.10.1.7.1.2 anterior, adicionalmente a lo establecido en el presente artículo, el deudor o locatario deberá aportar los documentos que acrediten que la vivienda cumple con los requisitos de construcción sostenible, de conformidad con lo que establezca el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público señalará la forma como los establecimientos de crédito y las cajas de compensación familiar verificarán estos requisitos."
Artículo 2.10.1.7.1.3. DECRETO 1068 de 2015