El Consejo de que trata el artículo anterior tendrá el carácter de entidad consultiva en todos los asuntos de aeronáutica que revistan especial importancia nacional o internacional. El Ministro de Guerra convocará el Consejo y le someterá a su consideración los asuntos que han de ser materia de su estudio. El Consejo elaborará su propio reglamento.
Decreto 969 de 1947 →Vigente
Artículo 18
El Consejo De Que Trata El Artículo Anterior Tendrá El Carácter De Entidad Consultiva En Todos Los Asuntos De Aeronáutica Que Revistan Especial Importancia Nacional O Internacional
Decreto 969 de 1947 · por el cual se crea y organiza la Dirección General de Aeronáutica Civil y se reglamentan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.