El personal y asignaciones del Departamento de Cooperativas y Previsión Social serán los siguientes: Superintendente……………………………………………………………………….. $ 350.00 Superintendente Delegado ……………………………………………………………. 250,00 Secretario ………………………………………………………………………………. 150.00 Un Contador Revisor, encargado de la estadística …………………………………… 150.00 Un Revisor Auxiliar …………………………………………………………………… 100.00 Tres Inspectores Contadores, cada uno a …………………………………………….. 180.00 Dos Mecanotaquígrafos, cada uno a ………………………………………………….. 90.00 Un Archivero Cartero …………………………………………………………………. 70.00 Departamento de Servicios Coordinados de Higiene.
Decreto 2392 de 1938 →Vigente
Artículo 53
El Personal Y Asignaciones Del Departamento De Cooperativas Y Previsión Social Serán Los Siguientes: Superintendente………………………………………………………………………
Decreto 2392 de 1938 · poor el cual se organiza el Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.