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Artículo 2.2.1.2.27.2

Disposiciones Generales Del Plan Ambiental El Plan Ambiental Para La Protección Y Conservación De Tiburones, Rayas Marinas Y Quimeras, Deberá Contemplar Como Mínimo Las Siguientes Disposiciones Generales: 1

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DISPOSICIONES GENERALES DEL PLAN AMBIENTAL El Plan Ambiental para la Protección y Conservación de Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras, deberá contemplar como mínimo las siguientes disposiciones generales

1.

Identificar y definir criterios de manejo para las áreas claves de apareamiento, alumbramiento y crianza de tiburones, rayas marinas y quimeras.

2.

Definir estrategias para la conservación y manejo de tiburones y rayas marinas migratorias y quimeras.

3.

Definir estrategias de conservación para las especies de tiburones y rayas marinas y quimeras incluidos en el listado de especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana.

4.

Establecer criterios para el ecoturismo asociado a tiburones y rayas marinas.

5.

Diseñar e implementar proyectos que involucren incentivos económicos dirigidos a comunidades de pescadores artesanales, que voluntariamente celebren acuerdos tendientes a la conservación de tiburones, rayas marinas y quimeras.

6.

Adelantar investigación científica prioritaria para la conservación de tiburones, rayas marinas y quimeras.

7.

En coordinación con la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca –AUNAP- definir medidas tendientes a eliminar la mortalidad de tiburones, rayas marinas y quimeras, asociada a actividades de pesca, en aspectos como fauna acompañante y captura incidental.

8.

Promover campañas de educación ambiental enfocadas a la conservación de tiburones, rayas marinas y quimeras.

9.

Crear un módulo específico repositorio de información biológica para las especies de tiburones, rayas marinas y quimeras, en el sistema de información ambiental de Colombia (SIAC), tomando como base la información recolectada por las diferentes entidades que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental (SINA) y otras organizaciones que adelantan' investigación científica y monitoreo de estas especies.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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