Micelio

Artículo 71

Decreto 1181 de 1999 · por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Descripción. En desarrollo del principio de Especialidad, constituyen organismos o dependencias necesarios para la coordinación, orientación y adecuado funcionamiento del sistema de la Carrera Diplomática y Consular, los siguientes

a)

La Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular;

b)

El Consejo Académico de la Academia Diplomática;

c)

La Dirección General de Desarrollo del Talento Humano o la Oficina que hiciere sus veces;

d)

Los señalados en las normas generales que le fueren aplicables, sin perjuicio de la Especialidad de la Carrera Diplomática y Consular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1181 de 1999