Micelio

Artículo 2

El Director Ejecutivo Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Y Estatutarias Vigentes A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En Este Acuerdo

Decreto 1429 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 20 de 1987, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los ríos Bogotá, Ubaté y Suarez (CAR), que determina la planta de personal de Empleados públicos y fija el número de Trabajadores Oficiales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Director Ejecutivo procederá conforme a las disposiciones legales y estatutarias vigentes a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen en este Acuerdo. La incorporación de los empleados a los cargos establecidos se sujetara las reglas determinadas en el artículo 81 del Decreto número 1042 del 7 de junio de 1978.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1429 de 1987