Micelio

Artículo 1

Ley 46 de 1879 · Que exime del pago de derechos de importación a varios comerciantes de la ciudad de Riohacha i manda devolver unos derechos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Exímese del pago de derechos de importación a los señores A. González Cano i Compañía por la introducción de mercancías que hicieron en la goleta "Margarita," el día nueve de febrero de mil ochocientos setenta i siete, a la ciudad de Riohacha, por haberlos pagado a los revolucionarios que en dicha época ocupaban aquella ciudad, i cuyos derechos ascienden a la suma de mil cuatrocientos cincuenta i cuatro pesos setenta centavos ( $ 1454-70 cs.)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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