Micelio

Artículo 7

Representante Legal Del Consejo Indígena

Decreto 632 de 2018 · por el cual se dictan las normas fiscales y demás necesarias para poner en funcionamiento los territorios indígenas ubicados en áreas no municipalizadas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. REPRESENTANTE LEGAL DEL CONSEJO INDÍGENA. El Consejo Indígena, de acuerdo con el reglamento interno establecido por las autoridades que lo integran, designará un representante, quien ejercerá la representación legal y las funciones administrativas del Consejo para la solicitud de registro del mismo, delimitación y puesta en funcionamiento del territorio indígena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 632 de 2018