Decreto 233 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en Carreteras Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. A partir del 1° de febrero del año en curso, suprímense los siguientes cargos creados por Decreto número 550 de 1948
a)
Laboratorista de la Pavimentación de la carretera Bogotá- Cáqueza-Villavicencio;
b)
Laboratorista de la Pavimentación de la carretera Pasto- Mercaderes; y
c)
Laboratorista de la Pavimentación de la carretera Popayán-Mercaderes. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.