Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados Dentro Del Capítulo 70 De La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso: Ocho Mil Pesos ($ 8,000), Del Artículo 754, Para Construcción De La Carretera Central Del Norte, Al Artículo 753, Para Conservación De La Carretera De Occidente, En El Trayecto Comprendido Entre Bogotá Y Cambao; Y Tres Mil Pesos ($ 3,000), Del Artículo 754, Carretera Central Del Norte, Al «artículo 747, Para Conservación De La Carretera De Oriente Y Ramal A Ubaque Y La Unión

Decreto 2102 de 1930 · Por el cual se hacen dos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Hácense los siguientes traslados dentro del capítulo 70 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Ocho mil pesos ($ 8,000), del artículo 754, para construcción de la Carretera Central del Norte, al artículo 753, para conservación de la carretera de Occidente, en el trayecto comprendido entre Bogotá y Cambao; y Tres mil pesos ($ 3,000), del artículo 754, Carretera Central del Norte, al «artículo 747, para conservación de la carretera de Oriente y ramal a Ubaque y la Unión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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