Articulo 120. De los requisitos para obtención de licencias para establecimientos especiales . Para la expedición o renovación de las licencias para establecimientos especiales a que se refiere el presente Decreto, se requiere
Solicitud por duplicado presentada por el interesado en forma personal o mediante apoderado, ante el Ministerio de Salud o la autoridad en quien éste delegue;
Nombre y dirección del representante legal;
Nombre o razón social del establecimiento;
Ubicación del establecimiento;
Descripción de las características del establecimiento;
Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley 09 de 1979 y sus disposiciones reglamentarias, para cada tipo o clase de establecimiento.