Micelio

Artículo 40

Desarrollo Artesanal

Decreto 2974 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Fomento y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desarrollo Artesanal. Los planes y programas del Gobierno Nacional para el desarrollo de la industria artesanal se adelantarán a través de la empresa Artesanías de Colombia S.A., la cual administrará los recursos que se determinen para esta finalidad, conforme al contrato o contratos de administración fiduciaria que celebrará el gobierno nacional con la empresa. En el presupuesto nacional se apropiarán anualmente las partidas necesarias para adelantar programas de fomento artesanal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2974 de 1968