Micelio

Artículo 3

Ley 1926 de 1926 · sobre aumento y reconocimiento de pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del mismo aumento decretado en el artículo 1º gozarán los descendientes de los próceres a cuyo favor se decreten pensiones por las autoridades respectivas.

No quedan comprendidos en la suspensión de pensiones y recompensas, decretado por la Ley 80 de 1916 , las pensiones a descendientes de próceres por servicios prestados durante la guerra de la independencia.

Queda reformado el artículo 3º de la Ley 4ª de 1923.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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