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Artículo 35

Funciones De La Dirección De Procesos Jurisdiccionales

Decreto 1080 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Procesos Jurisdiccionales . Son funciones de la Dirección de Procesos Jurisdiccionales, las siguientes

1.

Dirigir y gestionar las actuaciones necesarias en cada proceso jurisdiccional, decretar, practicar y valorar las pruebas, proferir los autos y sentencias y en ge¬neral adelantar e instruir los procesos de acuerdo con los asuntos que le sean delegados, designados y comisionados, por el Superintendente Delegado para la Función Jurisdiccional y de Conciliación.

2.

Adoptar, cuando corresponda, las medidas cautelares en aquellos procesos en los que se puedan ver afectados los derechos a la salud de los usuarios.

3.

Mantener control y registro actualizado de las decisiones adoptadas en el proceso jurisdiccional, así como elaborar los informes y estadísticas de los procesos.

4.

Dirigir las actuaciones de notificación y comunicación de los autos, sentencias y en general de las providencias emitidas en el proceso jurisdiccional.

5.

Suministrar los insumos para atender las acciones de tutela y tramitar los de¬rechos de petición y en general los requerimientos derivados de los procesos jurisdiccionales de la Superintendencia Nacional de Salud.

6.

Compilar las líneas de decisión técnicas y jurídicas en relación con la función jurisdiccional que ejerce la Superintendencia Nacional de Salud.

7.

Diseñar e implementar estrategias, herramientas, metodologías y procedimientos orientadas a mejorar el ejercicio de la función jurisdiccional.

8.

Dirigir la estructuración, implementación y actualización de los sistemas de in¬formación y bases de datos de la función jurisdiccional.

9.

Trasladar a las instancias competentes, cuando corresponda, las posibles irre¬gularidades que se puedan estar cometiendo en el Sistema General de Seguri¬dad Social en Salud, de acuerdo con las funciones jurisdiccionales asignadas por la ley.

10.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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