Recursos asignados en el marco de los Decretos Legislativos 574 y 798 de 2020 sin comprometer al término del estado de emergencia . Los recursos que, culminado el estado de emergencia, no estén respaldando proyectos de inversión aprobados y que no estén asignados en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) y sean informados por el Ministerio de Minas y Energía, en el marco de lo dispuesto en los artículos 2° de los Decretos Legislativos 574 y 798 de 2020, serán trasladados presupuestalmente mediante acto administrativo expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público del rubro de gasto “DECRETOS LEGISLATIVOS 574 Y 798 DE 2020” al rubro de gasto “INCENTIVO A LA PRODUCCIÓN, EXPLORACIÓN Y FORMALIZACIÓN”, para que posteriormente puedan ser distribuidos por el Ministerio de Minas y Energía conforme lo dispuesto en el numeral 8 del literal A) del artículo 7° de la Ley 2056 de 2020.
Ley 2279 de 2022 →Vigente
Artículo 15
Ley 2279 de 2022 · por la cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 ° de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.