Micelio

Artículo 15

º Son Funciones De La Division De Cobranzas Y Recaudo: A) Elaborar Y Orientar Los Programas, Manuales Reglamentos E Instrucciones Que En Materia De Cobranzas Deban Ejecutar Las Administraciones Y Recaudaciones De Impuestos Nacionales; B) Elaborar Los Manuales De Procedimiento Y Establecer Las Guías De Supervisión Para El Control De Los Programas Adoptados; C) Controlar El Cumplimiento De Los Programas Manuales, Reglamentos E Instrucciones En Las Unidades De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Impartir Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; D) Vigilar El Trámite De Los Procesos Que Adelanten Las Unidades De Cobranzas De Los Administraciones De Impuestos Nacionales Y Asesorar Las En El Cumplimiento De Sus Funciones; E) Determinar Y Preparar La Información Que Requiera De Procesamiento Automático Y Controlar Los Procedimientos Tendientes A Corregir Los Errores E Inconsistencias Que Se Registren; F) Realizar Estudios Sobre Cartera Morosa No Recuperada, Sobre El Comportamiento Del Recaudo Obtenido Por Recuperación De Cartera Morosa, Efectuar Proyecciones Por Administración De Impuestos Nacionales Y Elaborar Los Cuadros Estadísticos Necesarios; G) Programar Y Controlar La Ejecución De La Partida "defensa De Hacienda Pública", En Desarrollo De Los Planes De Recuperación De Cartera Por Cobrar; H) Absolver Las Consultas En Relación Con La Ejecución De Los Programas Establecidos Que Formulen Las Secciones De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; I) Asesorar Y Supervisar De Acuerdo Con Las Órdenes Impartidas Por El Subdirector De Recaudo, En Casos Individuales A Los Funcionarios Investidos De Jurisdicción Coactiva; J) Controlar El Inventario De Los Procesos Que Adelantan Las Unidades De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; K) Orientar Y Controlar Las Labores De Cobranzas Ejercidas Por Entidades Diferentes De La Dirección General De Impuestos Nacionales; L) Elaborar, Orientar Y Controlar Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones De Retención En La Fuente

Decreto 2543 de 1987 · por el cual se adecua la Dirección General de Impuestos Nacionales a la nueva estructura impositiva.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º SON FUNCIONES DE LA DIVISION DE COBRANZAS Y RECAUDO

a)

Elaborar y orientar los programas, manuales reglamentos e instrucciones que en materia de cobranzas deban ejecutar las Administraciones y Recaudaciones de Impuestos Nacionales;

b)

Elaborar los manuales de procedimiento y establecer las guías de supervisión para el control de los programas adoptados;

c)

Controlar el cumplimiento de los programas manuales, reglamentos e instrucciones en las unidades de cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales e impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;

d)

Vigilar el trámite de los procesos que adelanten las unidades de cobranzas de los Administraciones de Impuestos Nacionales y asesorar las en el cumplimiento de sus funciones;

e)

Determinar y preparar la información que requiera de procesamiento automático y controlar los procedimientos tendientes a corregir los errores e inconsistencias que se registren;

f)

Realizar estudios sobre cartera morosa no recuperada, sobre el comportamiento del recaudo obtenido por recuperación de cartera morosa, efectuar proyecciones por Administración de Impuestos Nacionales y elaborar los cuadros estadísticos necesarios;

g)

Programar y controlar la ejecución de la partida "Defensa de Hacienda Pública", en desarrollo de los planes de recuperación de cartera por cobrar;

h)

Absolver las consultas en relación con la ejecución de los programas establecidos que formulen las Secciones de Cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales;

i)

Asesorar y supervisar de acuerdo con las órdenes impartidas por el Subdirector de Recaudo, en casos individuales a los funcionarios investidos de jurisdicción coactiva;

j)

Controlar el inventario de los procesos que adelantan las unidades de cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales;

k)

Orientar y controlar las labores de cobranzas ejercidas por entidades diferentes de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

l)

Elaborar, orientar y controlar los programas, manuales, reglamentos e instrucciones de retención en la fuente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2543 de 1987