Art. 3.° En los términos de la presente lei queda reformado el artículo 16 de la lei 67 de 1877, sobre suministros, empréstitos i espropiaciones.
Ley 100 de 1880 →Vigente
Artículo 16
Ley 100 de 1880 · Por la cual se determina el procedimiento para hacer ciertas reclamaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.