°. Patrimonio líquido mínimo. El patrimonio líquido mínimo exigido para el año 2009, a las personas jurídicas que presenten dentro del término establecido en el artículo 11 del Decreto 2883 de 2008, la solicitud de homologación como Agencias de Aduanas y a las que soliciten autorización para ejercer el agenciamiento aduanero, será el previsto en el artículo 14 del Decreto 2685 de 1999, sin la aplicación del ajuste establecido en el inciso 2° del artículo 18 de la misma norma. Lo previsto en el inciso anterior se aplicará igualmente a las solicitudes de homologación o autorización que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia del presente decreto y respecto de las cuales no se hubiere proferido acto administrativo que resuelva la solicitud.
Decreto 1510 de 2009 →Vigente
Artículo 4
Patrimonio Líquido Mínimo
Decreto 1510 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.