Micelio

Artículo 19

Decreto 1153 de 2001 · por medio del cual se reglamenta la Ley 454 de 1998 en lo relativo a la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de la Economía Solidaria, Cones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Organos de administración . La dirección de la administración de los capítulos regionales del Consejo Nacional de la Economía Solidaria estará a cargo de la Asamblea General. La Asamblea General de cada capítulo regional del Cones estará constituida por la reunión de los representantes legales de las organizaciones solidarias regionales agrupadas y es el órgano máximo de dirección de la administración de los capítulos regionales. Las decisiones de la Asamblea General son obligatorias para todas las organizaciones solidarias asociadas, siempre que se hayan tomado de conformidad con las normas legales, reglamentarias, estatutarias o de conformidad con el acuerdo solidario. La Asamblea General del capítulo regional podrá nombrar una Junta Directiva o ejercer directamente las funciones asignadas por la ley, los estatutos y el reglamento. En el evento en que la Asamblea General de un capitulo regional nombre una Junta Directiva sus miembros tendrán un período de dos (2) años y no podrán ser reelegidos en forma consecutiva. La Asamblea General de los capítulos regionales podrá nombrar un Secretario Ejecutivo para un período de dos (2) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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