Micelio

Artículo 1

Decreto 570 de 1947 · Por el cual se determina el personal y asignaciones del Juzgado de Menores de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . El personal del Juzgado de Menores de Bogotá, y sus asignaciones mensuales, a partir del primero de enero del año en curso, es como sigue: Un Juez $ 587.50 Un secretario 312.50 Un oficial de estadística 250.00 Cuatro Delegados de estudio y vigilancia cada uno a 225.00 Un Escribiente 187.50 Un médico psiquiatra 375.00 Un promotor curador de menores 375.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 570 de 1947