° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 103 Rama Administrativa. Programa 167 Servicios generales. Transferencias, 106, 150, 211. Artículo 1075 - D. Para entregar al Tesorero del Departamento del Tolima, como compensación por los gastos hechos por dicha entidad, por razones de orden Público $ 1.500.000 Suma el crédito $ 1.500.000
Decreto 2304 de 1967 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 2304 de 1967 · por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967. (Deuda Pública Nacional y Ministerio de Gobierno), Por $ 1.500.000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.