Micelio

Artículo 2

El Ministro De Obras Públicas Otorgará La Escritura Pública De Traspaso De La Planta Al Instituto, El Que Expedirá A Favor De La Nación Los Títulos Representativos De Suscripción De Capital Correspondientes Al Aporte De La Nación

Decreto 1098 de 1955 · Por el cual se traspasa la propiedad de la Planta Eléctrica de Tumaco al Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° El Ministro de Obras Públicas otorgará la escritura pública de traspaso de la planta al Instituto, el que expedirá a favor de la Nación los títulos representativos de suscripción de capital correspondientes al aporte de la Nación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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