Micelio

Artículo 2

Decreto 552 de 1879 · Por el cual se pone en armonía el correo de encomiendas que se despacha de Cartajena con el que parte a Barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2 ° De las encomiendas que se remitan de Cartajena se hará cargo el mismo Mensajero que reciba las de Barranquilla, de manera que tanto éstas como aquéllas sean recibidas en esta capital en una misma fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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